Saturday, February 8, 2014

CONSENTIMIENTO INFORMADO

Considerando siempre los principios de la bioética: beneficencia, autonomía, no maleficencia y justician, en toda buena práctica médica se requiere que tanto el médico como el paciente formen un equipo de trabajo, en donde uno (el médico) pueda obtener toda la información necesaria para planear un plan de tratamiento y el otro (paciente) pueda participar activamente en las decisiones y tratamientos a efectuar, así como en libertad de aceptar o rechazar tratamientos y procedimientos. De esta manera, se asegura el bienestar no solo físico del paciente, sino también su bienestar emocional, y por otro lado, el bienestar y protección legal del médico.

Para asegurar éste proceso, se creó el formato de Consentimiento Informado, tanto para procesos clínicos como en investigación en humanos. Éste Consentimiento Informado es resultado de dos deliberaciones: El Código de Nuremberg y la Declaración de Helsinski, que siguieron a la gran cantidad de irregularidades y vejaciones que se realizaron contra prisioneros judíos durante la 2a. Guerra Mundial.

El Código de Nuremberg (1947) contiene principios que rigen la relación médico-paciente durante procesos de investigación en humanos, que resultaron de los Juicios de Nuremberg (1945-1946)  y aunque no fue del todo aceptada a continuación expongo los 10 principios que contiene:

    1.  Es absolutamente esencial el consentimiento voluntario del sujeto humano. Esto significa que la persona implicada debe tener capacidad legal para dar consentimiento; su situación debe ser tal que pueda ser capaz de ejercer una elección libre, sin intervención de cualquier elemento de fuerza, fraude, engaño, coacción u otra forma de constreñimiento o coerción; debe tener suficiente conocimiento y comprensión de los elementos implicados que le capaciten para hacer una decisión razonable e ilustrada. Este último elemento requiere que antes de que el sujeto de experimentación acepte una decisión afirmativa, debe conocer la naturaleza, duración y fines del experimento, el método y los medios con los que será realizado; todos los inconvenientes y riesgos que pueden ser esperados razonablemente y los efectos sobre su salud y persona que pueden posiblemente originarse de su participación en el experimento. El deber y la responsabilidad para asegurarse de la calidad del consentimiento residen en cada individuo que inicie, dirija o esté implicado en el experimento. Es un deber y responsabilidad personales que no pueden ser delegados impunemente.
2. El experimento debe ser tal que dé resultados provechosos para el beneficio de la sociedad, no sea obtenible por otros métodos o medios y no debe ser de naturaleza aleatoria o innecesaria.
3. El experimento debe ser proyectado y basado sobre los resultados de experimentación animal y de un conocimiento de la historia natural de la enfermedad o de otro problema bajo estudio, de tal forma que los resultados previos justificarán la realización del experimento.
4. El experimento debe ser realizado de tal forma que se evite todo sufrimiento físico y mental innecesario y todo daño.
5. No debe realizarse ningún experimento cuando exista una razón a priori que lleve a creer el que pueda sobrevenir muerte o daño que lleve a una incapacitación, excepto, quizás, en aquellos experimentos en que los médicos experimentales sirven también como sujetos.
6. El grado de riesgo que ha de ser tomado no debe exceder nunca el determinado por la importancia humanitaria del problema que ha de ser resuelto con el experimento.
7. Deben realizarse preparaciones propias y proveerse de facilidades adecuadas para proteger al sujeto de experimentación contra posibilidades, incluso remotas, de daño, incapacitación o muerte.
8. El experimento debe ser realizado únicamente por personas científicamente cualificadas. Debe exigirse a través de todas las etapas del experimento el mayor grado de experiencia (pericia) y cuidado en aquellos que realizan o están implicados en dicho experimento.
9. Durante el curso del experimento el sujeto humano debe estar en libertad de interrumpirlo si ha alcanzado un estado físico o mental en que la continuación del experimento le parezca imposible.
10. Durante el curso del experimento el científico responsable tiene que estar preparado para terminarlo en cualquier fase, si tiene una razón para creer con toda probabilidad, en el ejercicio de la buena fe, que se requiere de él una destreza mayor y un juicio cuidadoso de modo que una continuación del experimento traerá probablemente como resultado daño, discapacidad o muerte del sujeto de experimentación.

Por su parte, la Declaración de Helsinki (1964) fue proclamada por la Asociación Médica Mundial y aunque inició con solo 11 principios, actualmente contiene  37 principios, pero todos se centran en a) respeto por el individuo, su derecho a la autodeterminación y el derecho a tomar decisiones informadas, b) toda investigación debe ser llevada a cabo en un campo del conocimiento científico, que tenga protocolos aprobados y sujeto a revisiones éticas, c) seguimiento de Guías de Buena Práctica (GCP):

Introducción
1. La Asociación Médica Mundial (AMM) ha promulgado la Declaración de Helsinki como una propuesta de principios éticos para investigación médica en seres humanos, incluida la investigación del material humano y de información identificables. La Declaración debe ser considerada como un todo y un párrafo debe ser aplicado con consideración de todos los otros párrafos pertinentes.
2.Conforme al mandato de la AMM, la Declaración está destinada principalmente a los médicos. La AMM insta a otros involucrados en la investigación médica en seres humanos a adoptar estos principios. 
Principios generales
3. La Declaración de Ginebra de la Asociación Médica Mundial vincula al médico con la fórmula "velar solícitamente y ante todo por la salud de mi paciente”, y el Código Internacional de Etica Médica afirma que: "El médico debe considerar lo mejor para el paciente cuando preste atención médica”.
4. El deber del médico es promover y velar por la salud, bienestar y derechos de los pacientes, incluidos los que participan en investigación médica. Los conocimientos y la conciencia del médico han de subordinarse al cumplimiento de ese deber. 
5. El progreso de la medicina se basa en la investigación que, en último término, debe incluir estudios en seres humanos.
6. El propósito principal de la investigación médica en seres humanos es comprender las causas, evolución y efectos de las enfermedades y mejorar las intervenciones preventivas, diagnósticas y terapéuticas (métodos, procedimientos y tratamientos). Incluso, las mejores intervenciones probadas deben ser evaluadas continuamente a través de la investigación para que sean seguras, eficaces, efectivas, accesibles y de calidad.
7. La investigación médica está sujeta a normas éticas que sirven para promover y asegurar el respeto a todos los seres humanos y para proteger su salud y sus derechos individuales.
8. Aunque el objetivo principal de la investigación médica es generar nuevos conocimientos, este objetivo nunca debe tener primacía sobre los derechos y los intereses de la persona que participa en la investigación.
9. En la investigación médica, es deber del médico proteger la vida, la salud, la dignidad, la integridad, el derecho a la autodeterminación, la intimidad y la confidencialidad de la información personal de las personas que participan en investigación.  La responsabilidad de la protección de las personas que toman parte en la investigación debe recaer siempre en un médico u otro profesional de la salud y nunca en los participantes en la investigación, aunque hayan otorgado su consentimiento.
10. Los médicos deben considerar las normas y estándares éticos, legales y jurídicos para la investigación en seres humanos en sus propios países, al igual que las normas y estándares internacionales vigentes. No se debe permitir que un requisito ético, legal o jurídico nacional o internacional disminuya o elimine cualquiera medida de protección para las personas que participan en la investigación establecida en esta Declaración.
11. La investigación médica debe realizarse de manera que reduzca al mínimo el posible daño al medio ambiente. 
12. La investigación médica en seres humanos debe ser llevada a cabo sólo por personas con la educación, formación y calificaciones científicas y éticas apropiadas. La investigación en pacientes o voluntarios sanos necesita la supervisión de un médico u otro profesional de la salud competente y calificado apropiadamente.
13. Los grupos que están subrepresentados en la investigación médica deben tener un acceso apropiado a la participación en la investigación.
14. El médico que combina la investigación médica con la atención médica debe involucrar a sus pacientes en la investigación sólo en la medida en que esto acredite un justificado valor potencial preventivo, diagnóstico o terapéutico y si el médico tiene buenas razones para creer que la participación en el estudio no afectará de manera adversa la salud de los pacientes que toman parte en la investigación.
15. Se debe asegurar compensación y tratamiento apropiados para las personas que son dañadas durante su participación en la investigación.
Riesgos, Costos y Beneficios
16. En la práctica de la medicina y de la investigación médica, la mayoría de las intervenciones implican algunos riesgos y costos. La investigación médica en seres humanos sólo debe realizarse cuando la importancia de su objetivo es mayor que el riesgo y los costos para la persona que participa en la investigación.
17. Toda investigación médica en seres humanos debe ser precedido de una cuidadosa comparación de los riesgos y los costos para las personas y los grupos que participan en la investigación, en comparación con los beneficios previsibles para ellos y para otras personas o grupos afectados por la enfermedad que se investiga. Se deben implementar medidas para reducir al mínimo los riesgos. Los riesgos deben ser monitoreados, evaluados y documentados continuamente por el investigador.
18. Los médicos no deben involucrarse en estudios de investigación en seres humanos a menos de que estén seguros de que los riesgos han sido adecuadamente evaluados y de que es posible hacerles frente de manera satisfactoria. Cuando los riesgos que implican son más importantes que los beneficios esperados o si existen pruebas concluyentes de resultados definitivos, los médicos deben evaluar si continúan, modifican o suspenden inmediatamente el estudio.
Grupos y personas vulnerables
19. Algunos grupos y personas sometidas a la investigación son particularmente vulnerables y pueden tener más posibilidades de sufrir abusos o daño adicional. Todos los grupos y personas vulnerables deben recibir protección específica.
20. La investigación médica en un grupo vulnerable sólo se justifica si la investigación responde a las necesidades o prioridades de salud de este grupo y la investigación no puede realizarse en un grupo no vulnerable. Además, este grupo podrá beneficiarse de los conocimientos, prácticas o intervenciones derivadas de la investigación.
Requisitos científicos y protocolos de investigación
21. La investigación médica en seres humanos debe conformarse con los principios científicos generalmente aceptados y debe apoyarse en un profundo conocimiento de la bibliografía científica, en otras fuentes de información pertinentes, así como en experimentos de laboratorio correctamente realizados y en animales, cuando sea oportuno. Se debe cuidar también del bienestar de los animales utilizados en los experimentos.
22. El proyecto y el método de todo estudio en seres humanos deben describirse claramente y ser justificados en un protocolo de investigación. El protocolo debe hacer referencia siempre a las consideraciones éticas que fueran del caso y debe indicar cómo se han considerado los principios enunciados en esta Declaración. El protocolo debe incluir información sobre financiamiento, patrocinadores, afiliaciones institucionales, posibles conflictos de interés e incentivos para las personas del estudio y la información sobre las estipulaciones para tratar o compensar a las personas que han sufrido daños como consecuencia de su participación en la investigación. En los ensayos clínicos, el protocolo también debe describir los arreglos apropiados para las estipulaciones después del ensayo.
Comités de ética de investigación
23. El protocolo de la investigación debe enviarse, para consideración, comentario, consejo y aprobación al comité de ética de investigación pertinente antes de comenzar el estudio. Este comité debe ser transparente en su funcionamiento, debe ser independiente del investigador, del patrocinador o de cualquier otro tipo de influencia indebida y debe estar debidamente calificado. El comité debe considerar las leyes y reglamentos vigentes en el país donde se realiza la investigación, como también las normas internacionales vigentes, pero no se debe permitir que éstas disminuyan o eliminen ninguna de las protecciones para las personas que participan en la investigación establecidas en esta Declaración.
El comité tiene el derecho de controlar los ensayos en curso. El investigador tiene la obligación de proporcionar información del control al comité, en especial sobre todo incidente adverso grave. No se debe hacer ninguna enmienda en el protocolo sin la consideración y aprobación del comité. Después que termine el estudio, los investigadores deben presentar un informe final al comité con un resumen de los resultados y conclusiones del estudio.
Privacidad y confidencialidad
24. Deben tomarse toda clase de precauciones para resguardar la intimidad de la persona que participa en la investigación y la confidencialidad de su información personal.
Consentimiento informado
25. La participación de personas capaces de dar su consentimiento informado en la investigación médica debe ser voluntaria. Aunque puede ser apropiado consultar a familiares o líderes de la comunidad, ninguna persona capaz de dar su consentimiento informado debe ser incluida en un estudio, a menos que ella acepte libremente.
26. En la investigación médica en seres humanos capaces de dar su consentimiento informado, cada individuo potencial debe recibir información adecuada acerca de los objetivos, métodos, fuentes de financiamiento, posibles conflictos de intereses, afiliaciones institucionales del investigador, beneficios calculados, riesgos previsibles e incomodidades derivadas del experimento, estipulaciones post estudio y todo otro aspecto pertinente de la investigación. La persona potencial debe ser informada del derecho de participar o no en la investigación y de retirar su consentimiento en cualquier momento, sin exponerse a represalias. Se debe prestar especial atención a las necesidades específicas de información de cada individuo potencial, como también a los métodos utilizados para entregar la información.
Después de asegurarse de que el individuo ha comprendido la información, el médico u otra persona calificada apropiadamente debe pedir entonces, preferiblemente por escrito, el consentimiento informado y voluntario de la persona. Si el consentimiento no se puede otorgar por escrito, el proceso para lograrlo debe ser documentado y atestiguado formalmente.
Todas las personas que participan en la investigación médica deben tener la opción de ser informadas sobre los resultados generales del estudio.
27. Al pedir el consentimiento informado para la participación en la investigación, el médico debe poner especial cuidado cuando el individuo potencial está vinculado con él por una relación de dependencia o si consiente bajo presión. En una situación así, el consentimiento informado debe ser pedido por una persona calificada adecuadamente y que nada tenga que ver con aquella relación.
28. Cuando el individuo potencial sea incapaz de dar su consentimiento informado, el médico debe pedir el consentimiento informado del representante legal. Estas personas no deben ser incluidas en la investigación que no tenga posibilidades de beneficio para ellas, a menos que ésta tenga como objetivo promover la salud del grupo representado por el individuo potencial y esta investigación no puede realizarse en personas capaces de dar su consentimiento informado y la investigación implica sólo un riesgo y costo mínimos.
29. Si un individuo potencial que participa en la investigación considerado incapaz de dar su consentimiento informado es capaz de dar su asentimiento a participar o no en la investigación, el médico debe pedirlo, además del consentimiento del representante legal. El desacuerdo del individuo potencial debe ser respetado.
30. La investigación en individuos que no son capaces física o mentalmente de otorgar consentimiento, por ejemplo los pacientes inconscientes, se puede realizar sólo si la condición física/mental que impide otorgar el consentimiento informado es una característica necesaria del grupo investigado. En estas circunstancias, el médico debe pedir el consentimiento informado al representante legal. Si dicho representante no está disponible y si no se puede retrasar la investigación, el estudio puede llevarse a cabo sin consentimiento informado, siempre que las razones específicas para incluir a individuos con una enfermedad que no les permite otorgar consentimiento informado hayan sido estipuladas en el protocolo de la investigación y el estudio haya sido aprobado por un comité de ética de investigación. El consentimiento para mantenerse en la investigación debe obtenerse a la brevedad posible del individuo o de un representante legal.
31. El médico debe informar cabalmente al paciente los aspectos de la atención que tienen relación con la investigación. La negativa del paciente a participar en una investigación o su decisión de retirarse nunca debe afectar de manera adversa la relación médico-paciente.
32. Para la investigación médica en que se utilice material o datos humanos identificables, como la investigación sobre material o datos contenidos en biobancos o depósitos similares, el médico debe pedir el consentimiento informado para la recolección, almacenamiento y reutilización. Podrá haber situaciones excepcionales en las que será imposible o impracticable obtener el consentimiento para dicha investigación. En esta situación, la investigación sólo puede ser realizada después de ser considerada y aprobada por un comité de ética de investigación.
Uso del placebo
33. Los posibles beneficios, riesgos, costos y eficacia de toda intervención nueva deben ser evaluados mediante su comparación con las mejores intervenciones probadas, excepto en las siguientes circunstancias:
Cuando no existe una intervención probada, el uso de un placebo, o ninguna intervención, es aceptable; o
Cuando por razones metodológicas científicamente sólidas y convincentes, sea necesario para determinar la eficacia y la seguridad de una intervención el uso de cualquier intervención menos eficaz que la mejor probada, el uso de un placebo o ninguna intervención.            
Los pacientes que reciben cualquier intervención menos eficaz que la mejor probada, el placebo o ninguna intervención, no correrán riesgos adicionales de daño grave o irreversible como consecuencia de no recibir la mejor intervención probada. Se debe tener muchísimo cuidado para evitar abusar de esta opción.
Estipulaciones post ensayo
34. Antes del ensayo clínico, los auspiciadores, investigadores y los gobiernos de los países anfitriones deben prever el acceso post ensayo a todos los participantes que todavía necesitan una intervención que ha sido identificada como beneficiosa en el ensayo. Esta información también se debe proporcionar a los participantes durante el proceso del consentimiento informado.
Inscripción y publicación de la investigación y difusión de resultados
35. Todo estudio de investigación con seres humanos debe ser inscrito en una base de datos disponible al público antes de aceptar a la primera persona.
36. Los investigadores, autores, auspiciadores, directores y editores todos tienen obligaciones éticas con respecto a la publicación y difusión de los resultados de su investigación. Los investigadores tienen el deber de tener a la disposición del público los resultados de su investigación en seres humanos y son responsables de la integridad y exactitud de sus informes. Todas las partes deben aceptar las normas éticas de entrega de información. Se deben publicar tanto los resultados negativos e inconclusos como los positivos o de lo contrario deben estar a la disposición del público. En la publicación se debe citar la fuente de financiamiento, afiliaciones institucionales y conflictos de intereses. Los informes sobre investigaciones que no se ciñan a los principios descritos en esta Declaración no deben ser aceptados para su publicación.
Intervenciones no probadas en la práctica clínica
37. Cuando en la atención de un enfermo las intervenciones probadas no existen u otras intervenciones conocidas han resultado ineficaces, el médico, después de pedir consejo de experto, con el consentimiento informado del paciente o de un representante legal autorizado, puede permitirse usar intervenciones no comprobadas, si, a su juicio, ello da alguna esperanza de salvar la vida, restituir la salud o aliviar el sufrimiento. Tales intervenciones deben ser investigadas posteriormente a fin de evaluar su seguridad y eficacia. En todos los casos, esa información nueva debe ser registrada y, cuando sea oportuno, puesta a disposición del público.

El propósito del consentimiento informado es habilitar al paciente para considerar, de forma equilibrada, los beneficios y las desventajas del tratamiento médico propuesto, con el fin de que el paciente tome una decisión racional al aceptar o rechazar dicho tratamiento. El uso adecuado de este principio previene o disminuye la posibilidad de errores, negligencia, coerción y decepción y, promueve en el médico su autocrítica.
Pero su principal propósito es establecer la autonomía del paciente, promover su derecho a la autodeterminación y proteger su condición como un ser humano que se respeta a sí mismo.
El Consentimiento Informado es entonces, un proceso completo, no solamente un documento, que finaliza con la aceptación dada por un individuo competente para participar en un estudio o investigación.
Este debe reunir al menos tres requisitos que son:
  • Voluntariedad: Los sujetos deben decidir libremente someterse a un tratamiento o participar en un estudio sin que haya persuasión, manipulación ni coerción. El carácter voluntario del consentimiento es vulnerado cuando es solicitado por personas en posición de autoridad o no se ofrece un tiempo suficiente al paciente para reflexionar, consultar o decidir.
  • Información: Debe ser comprensible y debe incluir el objetivo del tratamiento o del estudio, su procedimiento, los beneficios y riesgos potenciales y la posibilidad de rechazar el tratamiento o estudio una vez iniciado en cualquier momento, sin que ello le pueda perjudicar en otros tratamientos. El intercambio comunicativo entre ambos (profesional – paciente), basado en la confianza, ampliará las posibilidades de comprensión de los resultados del tratamiento por parte del paciente.
  • Comprensión: Es la capacidad de comprender que tiene el paciente que recibe la información.

Cada institución en salud debe tener un Consentimiento Informado, así como cada investigación debe armar su propio consentimiento informado. Para ésto, la OMS presenta una guía para dar cumplimiento a los puntos más importantes de todo Consentimiento Informado.

REFERENCIAS
  1. http://www.wma.net/es/30publications/10policies/b3/
  2. Comité de Evaluación Ética de la Investigación, OMS: http://apps.who.int/medicinedocs/en/d/Jh2957s/6.3.html
  3. Declaración de Helsinki: http://es.wikipedia.org/wiki/Declaración_de_Helsinki
  4. García C, Consentimiento Informado, Universidad de San Carlos de Guatemala, Centro de investigaciones de las ciencias de la salud, en: http://medicina.usac.edu.gt/graduacion/Consentimiento_informado.pdf

Sunday, January 26, 2014

TAMAÑO DE MUESTRA

ALGUNOS CONCEPTOS PREVIOS

Población: Conjunto completo de todas las observaciones de interés para el investigador.
Muestra: Conjunto representativo de la población que se selecciona para ser estudiada.
Aleatorización: Elección al azar, sin intervención del investigador.
Parámetro: Medida descriptiva de la población.
Estadístico: Elemento que describe una muestra y estima el parámetro poblacional.

UTILIDAD DE MUESTREO

En ocasiones, no se puede realizar investigación a toda una población ya sea por motivos de tiempo, costo o magnitud de la tarea. Sin embargo, para conocer las características de una población, se puede usar una muestra que sea representativa de la población, disminuyendo el tiempo de estudio, el costo y facilitando el trabajo de investigación.

Durante las investigaciones, se puede usar una muestra concreta para realizar las conclusiones o se puede usar una muestra que al ser extrapolada sea representativa de la población. En este caso, es prioritario saber cómo se va a obtener la muestra y el tamaño de la muestra que se necesita para que la investigación válida.

MUESTRAS PROBABILISTICAS  (ALEATORIAS)

Es aquella en la que todos los sujetos de la población han tenido la misma probabilidad de ser escogidos, teóricamente, es el mejor tipo de muestra ya que garantizan el poder extrapolar los resultados. 
 
Existen tres formas de realizar muestreo aleatorio:

a) Muestreo aleatorio simple: es un sorteo, todos los individuos tienen las mismas posibilidades de ser escogidos. De preferencia en poblaciones pequeñas.
b) Muestreo sistemático. También se usa en poblaciones pequeñas, se escoge un numero al azar que sea el intervalo para escoger.
c) Muestreo estratificado. Es el más recomendable para poblaciones grandes, ya que divide a las poblaciones por sus características (estratos), de manera que de cada grupo, se escogen sujetos que representen estas características.  Los estratos se establecen en función de características importantes por su interés específico descriptivo.




MUESTRAS NO PROBABILISTICAS

Si la muestra no es aleatoria (no probabilística) puede suceder que esté sesgada y que por lo tanto no sea representativa de la población general porque predominan más unos determinados tipos de sujetos que otros.
a) Muestras de conveniencia.  Según la disponibilidad de la muestra, es útil en estudios preliminares, pero no para extrapolar datos. 
b) Muestras bola de nieve. Cuando no se encuentran fácilmente los sujetos de estudio, ellos mismos informan sobre otros sujetos, así crece la muestra.
c) Muestreo por cuotas. Para poblaciones grandes, sugiere el mismo método que el estratificado, solo que no es aleatorio.


MUESTRA: NÚMERO DE SUJETOS


El tamaño necesario de la muestra para poder extrapolar los resultados a la población depende básicamente de tres variables: nivel de confianza, varianza y margen de error:
  • El nivel de confianza, también podemos denominarlo grado o nivel de seguridad. usualmente es de .05 (α = .05). Es necesario para determinar el valor "z" de los sujetos en una distribución normal.
  • La varianza estimada en la población. Es la diversidad estimada. A mayor diversidad esperada, o al menos posible, en las opiniones o posibles respuestas en la población hará falta un mayor número de sujetos en la muestra.
  • El margen de error que estamos dispuestos a aceptar, necesitaremos muestras mayores si queremos que el margen de error o de oscilación de muestra a muestra de los resultados sea muy pequeño, suele ponerse en torno a un 3%. 



CÁLCULO: 

Poblaciones infinitas: N= z2 pq/ e2

donde:

n = tamaño de la muestra
z = intervalo de confianza
pq = Varianza de la población
p = proporción de respuestas en una categoría (síes, correctos, unos), prevalencia esperada, proporción verdadera
q = proporción de respuestas en la otra categoría (noes, incorrectos, ceros), 1- p
e = error muestral


Poblaciones finitas:  n = N / 1+ ((e2 (N - 1)/z2 pq)))

ESTIMACIONES PUNTUALES
Media poblacional
Proporción poblacional
Varianza poblacional
N(μ,σ2): μX, σˆ c2


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N(μ,σ2), μ conocida:  σˆ E( − μ 2


REFERENCIAS:
1. Morales P. Tamaño necesario de la muestra: ¿Cuántos sujetos necesitamos? Estadística aplicada a las Ciencias Sociales, Universidad Pontificia Comillas, Madrid, 2012. http://www.upcomillas.es/personal/peter/investigacion/Tama%F1oMuestra.pdf

2. http://www.slideshare.net/produceideas/nociones-de-muestreo
 

Monday, January 13, 2014

HIPÓTESIS


Las hipótesis son el punto medular, en el método científico. El método científico es un conjunto de técnicas de investigación con una manera reflexiva en la que se puede llegar al conocimiento, conjugando la inducción y la deducción. 

El método científico consta de 5 etapas:


  1. Observación e identificar el problema, definirlo con precisión en base a un cuerpo de conocimiento, el investigador detecta una necesidad o problema.
  2. Planteamiento de hipótesis: a partir de los hechos observados, el investigador forma conjeturas sobre las posibles soluciones del problema
  3. Predicción: valorar cuál de las posibles hipótesis puede ser más factible.
  4. Verificación de la hipótesis mediante la experimentación. Pone a prueba cada hipótesis para encontrar la más factible.
  5. Análisis: determina los resultados de la experimentación y decide que acciones tomar.


La hipótesis es una proposición que puede ser puesta a prueba para determinar su validez. Siempre lleva a una prueba empírica; y puede expresarse de las siguientes maneras:
-   Una pregunta formulada de tal modo que se puede proveer una respuesta. 
- Declaraciones construidas cuidadosamente sobre algún fenómeno, pueden ser elaboradas mediante razonamiento deductivo o inductivo. 
-   Estadística
Las hipótesis son el punto de enlace entre la teoría y la observación. Su importancia es que dan rumbo a la investigación al sugerir los pasos y procedimientos que deben darse en la búsqueda del conocimiento.

Características: 

  • conceptualmente claras: definidos operacionalmente
  • referencias empíricas: no debe tener juicios morales
  • específicas
  • comprobables: mediante técnicas disponibles.

Una hipótesis de investigación representa un elemento fundamental en el proceso de investigación. Después de formular un problema, el investigador enuncia la hipótesis, que orientará el proceso y permitirá llegar a conclusiones concretas del proyecto que recién comienza.

Toda hipótesis constituye un juicio o proposición, una afirmación o una negación de algo. Sin embargo, es un juicio de carácter especial. Las hipótesis son proposiciones provisionales y exploratorias y, por tanto, su valor de veracidad o falsedad depende críticamente de las pruebas empíricas disponibles. En este sentido, la replicabilidad de los resultados es fundamental para confirmar una hipótesis como solución de un problema.


La hipótesis de investigación es el elemento que condiciona el diseño de la investigación y responde provisionalmente al problema, verdadero motor de la investigación. Como se ha dicho, esta hipótesis es una aseveración que puede validarse estadísticamente. Una hipótesis explícita es la guía de la investigación, puesto que establece los límites, enfoca el problema y ayuda a organizar el pensamiento.

Cuando la hipótesis de investigación ha sido bien elaborada, y en ella se observa claramente la relación o vínculo entre dos o más variables, es factible que el investigador pueda:
  • Elaborar el objetivo, o conjunto de objetivos que desea alcanzar en el desarrollo de la investigación 
  • Seleccionar el tipo de diseño de investigación factible con el problema planteado. 
  • Seleccionar el método, los instrumentos y las técnicas de investigación acordes con el problema que se desea resolver, y 
  • Seleccionar los recursos, tanto humanos como materiales, que se emplearán para llevar a feliz término la investigación planteada.

Referencias:
Tamayo-Tamayo M; El proceso de la Investigación Científica, Incluye evaluación y administración de proyectos de investigación; 4a Edición, Ed. Limusa Noriega Editores, México, 2003.

Zamorano GJ, LA HIPOTESIS EN INVESTIGACIÓN, Universidad Autónoma de Hidalgo, http://www.uaeh.edu.mx/scige/boletin/prepa4/n1/m9.html, consultado enero 2014